1.9.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 292/52


Recurso interpuesto el 26 de junio de 2014 — Theodorakis y Theodoraki/Consejo

(Asunto T-495/14)

2014/C 292/64

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandantes: Georgios Theodorakis (Chania, Grecia) y Maria Theodoraki (Chania, Grecia) (representantes: V. Christianos y S. Paliou, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Condene a la parte demandada a pagar a las partes demandantes una cantidad de 1 4 31  193,58 euros para compensarles por el perjuicio que les ocasionaron los actos ilegítimos de la parte demandada, más los intereses a partir de la fecha en que se privó ilegítimamente a las partes demandantes de sus depósitos (el 29 de marzo de 2013) hasta la fecha del pronunciamiento de la sentencia en el presente asunto, así como los intereses de demora desde que se dicte sentencia en el presente asunto hasta alcanzar el pago completo.

Con carácter subsidiario, condene a la parte demandada a pagar a las partes demandantes 4/5 de la cantidad antes señalada, es decir, 1 1 44  954,86 euros para compensarles por el perjuicio que les ocasionaron los actos ilegítimos de la parte demandada, más los intereses a partir de la fecha en que se privó ilegítimamente a las partes demandantes de sus depósitos (el 29 de marzo de 2013) hasta la fecha del pronunciamiento de la sentencia en el presente asunto, así como los intereses de demora desde que se dicte sentencia en el presente asunto hasta alcanzar el pago completo.

Con carácter subsidiario de segundo grado, condene a la parte demandada a pagar la cantidad, según fije el Tribunal General, a las partes demandantes para compensarles por el perjuicio que les ocasionaron los actos ilegítimos de la parte demandada.

Condene a la parte demandada a pagar a las partes demandantes una cantidad de 50  000 euros, por el daño moral que se les ocasionó como consecuencia de la vulneración del principio de la igualdad de trato.

Condene a la parte demandada a pagar a las partes demandantes una cantidad de 50  000 euros, por el daño moral que se les ocasionó como consecuencia de la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

Condene a la parte demandada al pago de las costas en que hayan incurrido las partes demandantes.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el presente recurso, las partes demandantes solicitan, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 340 TFUE, párrafo segundo, al Tribunal General de la Unión Europea, competente con arreglo al artículo 268 TFUE, que declare la compensación del perjuicio sufrido debido al comportamiento ilícito de la parte demandada.

Las partes demandantes sostienen que el citado perjuicio se originó cuando la parte demandada, excediendo los límites de su propia competencia e infringiendo el Derecho derivado y vulnerando los principios generales del Derecho de la Unión Europea, impuso y, por la tanto, provocó la reducción de los depósitos bancarios de las partes demandantes en el Cyprus Popular Bank Public Co Ltd. (Banco popular) y, en cualquier caso, contribuyó a ello.

En particular, las partes demandantes afirman que la parte demandada incurrió en las siguientes violaciones de derechos fundamentales y principios generales del Derecho de la Unión Europea:

en primer lugar, violación del derecho de propiedad;

en segundo lugar, vulneración del principio de igualdad de trato; y

en tercer lugar, violación del derecho a la tutela judicial efectiva y del principio de seguridad jurídica.

Las partes demandantes alegan que concurren los requisitos, establecidos por la jurisprudencia reiterada, en virtud de los cuales la parte demandada incurre en responsabilidad extracontractual que le obliga a pagar una compensación.