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14.7.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 223/63 |
Recurso interpuesto el 12 de mayo de 2014 — Azarov/Consejo
(Asunto T-332/14)
2014/C 223/65
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Oleksii Mykolayovych Azarov (Kiev, Ucrania) (representantes: G. Lansky y A. Egger, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule, con arreglo al artículo 263 TFUE, la Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 66, p. 26), la Decisión de ejecución 2014/216/PESC del Consejo, de 14 de abril de 2014, por la que se aplica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 111, p. 91), así como el Reglamento (UE) no 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 66, p. 1) y el Reglamento de ejecución (UE) no 381/2014 del Consejo, de 14 de abril de 2014, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 208/2014 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 111, p. 33), en lo que se refiere al demandante. |
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Acuerde diligencias de ordenación del procedimiento, con arreglo al artículo 64 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
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Condene en costas al Consejo, con arreglo al artículo 87, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.
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1. |
Primer motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación Sobre este particular, el demandante alega, inter alia, que la motivación de los actos impugnados no le permite impugnar dichos actos ante el Tribunal General, ni a éste controlar su legalidad. |
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2. |
Segundo motivo, basado en la vulneración de los derechos fundamentales En el marco de este motivo, el demandante invoca la vulneración del derecho de propiedad y del derecho a ejercer una actividad económica. Además, alega que las medidas restrictivas adoptadas son desproporcionadas. Finalmente, sostiene que se ha vulnerado su derecho de defensa. |
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3. |
Tercer motivo, basado en una desviación de poder A este respecto, el demandante alega, inter alia, que el Consejo incurrió en una desviación de poder, porque con la adopción de las medidas restrictivas en su contra se perseguían principalmente otros fines como el refuerzo y el apoyo reales del Estado de Derecho, así como el respeto de los derechos humanos en Ucrania. |
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4. |
Cuarto motivo, basado en la violación del principio de buena administración En el marco de este motivo, el demandante alega, en concreto, la vulneración del derecho a un trato imparcial, del derecho a un trato justo y equitativo y del derecho a una cuidadosa investigación de los hechos. |
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5. |
Quinto motivo, basado en un error manifiesto de apreciación |