12.5.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 142/36


Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2014 — Société Générale/Comisión

(Asunto T-98/14)

2014/C 142/47

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Parte demandante: Société générale, S.A. (París, Francia) (representantes: P. Zelenko, J. Marthan y D. Kupka, abogados)

Parte demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, en la medida en que impone una multa a Société Générale, el artículo 2, letra c), de la Decisión C(2013) 8512 final de la Comisión Europea, de 4 de diciembre de 2013, adoptada en el asunto EIRD;

Reduzca a un importe adecuado el importe de la multa impuesta a Société Générale mediante dicha Decisión;

Condene a la Comisión Europea, en todo caso, a cargar con las costas íntegras.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos:

1.

Primer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación cometido por la Comisión al fijar el método de cálculo del valor de las ventas respectivas, por entender que el valor adoptado en la Decisión impugnada, basándose en ese método, no refleja la posición respectiva de cada uno de los bancos que son objeto de dicha Decisión en el mercado al que afecta la infracción y durante la duración de ésta (primera parte del motivo). La parte demandante alega que, con ello, la Comisión incumplió su deber de diligencia (segunda parte) y violó los principios de igualdad de trato (tercera parte) y confianza legítima (cuarta parte).

2.

Segundo motivo, basado en la falta de motivación de la elección del método aplicado por la Comisión para calcular el valor de las ventas de los bancos objeto de la Decisión.

3.

Tercer motivo, basado en que el Tribunal General debe ejercer su competencia jurisdiccional plena reduciendo la multa de la parte demandante a un importe adecuado que refleje la posición respectiva de cada uno de los bancos que son objeto de la Decisión en el mercado en cuestión.