Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 3 de diciembre de 2015 —

Infusion Brands/OAMI (DUALTOOLS)

(Asunto T‑648/14)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa DUALTOOLS — Motivos de denegación absolutos — Denegación parcial del registro — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 207/2009»

1. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Objetivo — Imperativo de disponibilidad [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 16)

2. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 17 a 19)

3. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Marca figurativa DUALTOOLS [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 20 a 24, 27, 30 y 34)

4. 

Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina — Principio de legalidad — Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo](véanse los apartados 32 y 33)

5. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración exclusiva de la normativa de la Unión — Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros o países terceros — Decisiones que no vinculan a los órganos de la Unión [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 36)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 1 de julio de 2014 (asunto R 398/2014‑4) relativa a una solicitud de registro del signo figurativo DUALTOOLS como marca comunitaria.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Infusion Brands, Inc.