Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 30 de abril de 2015 — Tecalan/OAMI — Ensinger (TECALAN)

(Asunto T‑100/14)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa TECALAN — Marca comunitaria denominativa anterior TECADUR — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»

1. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 14 a 17)

2. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 22)

3. 

Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Limitación de la lista de productos y servicios posterior a la resolución de la Sala de Recurso — Consecuencias [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 135, ap. 4; Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 43, ap. 1] (véanse los apartados 31 y 32)

4. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Carácter complementario de los productos o servicios [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 40)

5. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas TECALAN y TECADUR [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 60 a 62)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 11 de diciembre de 2013 (asunto R 2308/2012-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Ensinger GmbH y Tecalan GmbH.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Tecalan GmbH.