23.1.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 22/22 |
Sentencia del Tribunal General de 30 de noviembre de 2016 — Export Development Bank of Iran/Consejo
(Asunto T-89/14) (1)
((«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Irán - Inmovilización de fondos - Nueva inclusión del nombre de la demandante tras la anulación por el Tribunal General de la inclusión inicial - Error de Derecho - Error de hecho - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Derecho a la tutela judicial efectiva - Proporcionalidad - Igualdad de trato»))
(2017/C 022/28)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Export Development Bank of Iran (Teherán, Irán) (representante: J.-M. Thouvenin, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: V. Piessevaux y M. Bishop, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: A. Aresu y D. Gauci, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE y que tiene por objeto, con carácter principal, la anulación de la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 306, p. 18), y del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 sobre medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 306, p. 3), en la medida en que dichas normas afectan a la demandante y, con carácter subsidiario, la anulación de la Decisión 2013/661 y del Reglamento de Ejecución n.o 1154/2013, en tanto en cuanto tales disposiciones afectan a la demandante desde el 20 de enero de 2014.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Export Development Bank of Iran cargará, además de con sus propias costas, con las costas en que incurrió el Consejo de la Unión Europea. |
3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |