Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 3 de junio de 2015 —

The Sunrider Corporation/OAMI

(Asunto C‑142/14 P) 1 ( 1 )

«Recurso de casación — Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de registro de la marca denominativa SUN FRESH — Oposición del titular de la marca comunitaria denominativa anterior SUNNY FRESH — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos designados por las marcas en conflicto — Derecho a ser oído — Reglamento (CE) no 207/2009 — Artículos 8, apartado 1, letra b), 75 y 76»

1. 

Recurso de casación — Motivos — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General — Exclusión salvo en caso de desnaturalización — Control de la calificación jurídica de los hechos del litigio — Inclusión (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 47 y 56)

2. 

Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 48 a 52, 57, 60 y 114)

3. 

Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Alcance — Obligación de demostrar la exactitud de hechos notorios — Inexistencia — Impugnación ante el Tribunal General — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de la notoriedad de los hechos efectuada por el Tribunal General — Exclusión salvo en caso de desnaturalización [Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1); Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 76] (véase el apartado 65)

4. 

Recurso de casación — Motivos — Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación — Inadmisibilidad — Alegaciones que constituyen una mera ampliación de un motivo presentado en la demanda — Admisibilidad (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 74 y 75)

5. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 102 y 108)

6. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 118)

Fallo

1) 

Desestimar el recurso de casación.

2) 

Condenar en costas a The Sunrider Corporation.


( 1 )   DO C 212, de 7.7.2014.


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 3 de junio de 2015 —

The Sunrider Corporation/OAMI

(Asunto C‑142/14 P) 1 ( 1 )

«Recurso de casación — Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de registro de la marca denominativa SUN FRESH — Oposición del titular de la marca comunitaria denominativa anterior SUNNY FRESH — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos designados por las marcas en conflicto — Derecho a ser oído — Reglamento (CE) no 207/2009 — Artículos 8, apartado 1, letra b), 75 y 76»

1. 

Recurso de casación — Motivos — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General — Exclusión salvo en caso de desnaturalización — Control de la calificación jurídica de los hechos del litigio — Inclusión (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 47 y 56)

2. 

Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 48 a 52, 57, 60 y 114)

3. 

Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Alcance — Obligación de demostrar la exactitud de hechos notorios — Inexistencia — Impugnación ante el Tribunal General — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de la notoriedad de los hechos efectuada por el Tribunal General — Exclusión salvo en caso de desnaturalización [Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1); Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 76] (véase el apartado 65)

4. 

Recurso de casación — Motivos — Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación — Inadmisibilidad — Alegaciones que constituyen una mera ampliación de un motivo presentado en la demanda — Admisibilidad (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 74 y 75)

5. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 102 y 108)

6. 

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 118)

Fallo

1) 

Desestimar el recurso de casación.

2) 

Condenar en costas a The Sunrider Corporation.


( 1 ) DO C 212, de 7.7.2014.