15.12.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 448/8 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 29 de septiembre de 2014 — Agenzia Italiana del Farmaco (AIFA), Ministero della Salute/Doc Generici srl
(Asunto C-452/14)
(2014/C 448/11)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Agenzia Italiana del Farmaco (AIFA), Ministero della Salute
Demandada: Doc Generici srl
Cuestiones prejudiciales
1) |
El artículo 3, apartado 2, letra a), de la versión vigente del Reglamento (CE) no 297/95 del Consejo, de 10 de febrero de 1995 (1), ¿debe interpretarse en el sentido de que, por lo que se refiere a las modificaciones de autorizaciones de comercialización de tipo I —y en particular, por lo que respecta al litigio principal, de tipo IA—, en el supuesto de modificaciones idénticas que afecten a varias autorizaciones de comercialización del mismo titular, debe abonarse una única tasa por el importe indicado en dicha norma o tantas tasas como autorizaciones se vean afectadas por la modificación? |
2) |
En las circunstancias del presente procedimiento, ¿existe la facultad o la obligación, como sostiene esta Sala, de plantear la cuestión al Tribunal de Justicia? |
(1) Reglamento (CE) no 297/95 del Consejo, de 10 de febrero de 1995, relativo a las tasas que deben pagarse a la Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos (DO L 35, p. 1).