28.7.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 245/4


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tatabányai Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság (Hungría) el 23 de abril de 2014 — István Tivadar Szabó/Nemzeti Adó- és Vámhivatal Közép-dunántúli Regionális Adó Főigazgatósága

(Asunto C-204/14)

2014/C 245/06

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Tatabányai Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandante: István Tivadar Szabó

Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Közép-dunántúli Regionális Adó Főigazgatósága

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Está obligado el juez nacional en un proceso contencioso-administrativo —cuyo objeto es el control jurisdiccional, a raíz del recurso interpuesto por el particular afectado, de una resolución adoptada por una autoridad administrativa del Estado miembro— a examinar si la norma nacional en la que se fundamenta la resolución administrativa es contraria a alguna disposición del Derecho de la Unión que sea directamente aplicable y que además resulte pertinente en el asunto de que se trate?

2)

En caso de que se responda afirmativamente a la primera cuestión prejudicial: ¿está el juez nacional obligado a ello también de oficio o sólo en caso de que alguna de las partes invoque expresamente la infracción del Derecho de la Unión?

3)

¿Pueden interpretarse los artículos 26 TFUE, apartado 2, 35 TFUE y 56 TFUE en el sentido de que se oponen a una normativa de un Estado miembro como la que contienen los artículos 24/C y 24/D de la Ley de procedimiento general tributario si, en virtud de tal normativa, una sociedad mercantil húngara que desarrolla su actividad comercial en parte en otros Estados miembros de la Unión Europea no puede contratar como directivo a un ciudadano húngaro que haya sido anteriormente directivo de otra sociedad mercantil húngara que desarrolla una actividad en el mercado interior, por el mero hecho de que esa otra sociedad mercantil haya acumulado una determinada deuda tributaria, si la acumulación de tal deuda no es imputable a dicho ciudadano húngaro en su condición de antiguo directivo?