14.7.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 223/5 |
Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Cluj (Rumanía) el 22 de abril de 2014 — Smaranda Bara y otros/Presidente de la Casa Naţională de Asigurări de Sănătate, Casa Naţională de Asigurări de Sănătate (CNAS), Agenția Națională de Administrare Fiscală (ANAF)
(Asunto C-201/14)
2014/C 223/07
Lengua de procedimiento: rumano
Órgano jurisdiccional remitente
Curtea de Apel Cluj
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: Smaranda Bara y otros
Recurridas: Presidente de la Casa Naţională de Asigurări de Sănătate, Casa Naţională de Asigurări de Sănătate (CNAS), Agenția Națională de Administrare Fiscală (ANAF)
Cuestiones prejudiciales
l) |
La autoridad tributaria nacional, en su condición de organismo representativo del Ministerio competente de un Estado miembro, ¿es una entidad financiera en el sentido del artículo 124 TFUE? |
2) |
¿Puede regularse, mediante un acto equivalente a los actos administrativos, a saber, un Protocolo celebrado entre la administración tributaria nacional y otra institución del Estado, la transmisión de la base de datos relativos a las rentas obtenidas por ciudadanos de un Estado miembro por parte de la administración nacional tributaria a otra institución del Estado miembro sin que se cree un acceso privilegiado, como se define en el artículo 124 TFUE? |
3) |
La transmisión de la base de datos, cuyo fin es obligar a los ciudadanos del Estado miembro a pagar cotizaciones sociales, a la institución del Estado miembro a cuyo favor se efectúa la transmisión, ¿está comprendida en el concepto de consideración prudencial en el sentido del artículo 124 TFUE? |
4) |
¿Puede tratar los datos personales una autoridad que no era destinataria de los mismos, si dicha operación crea, de modo retroactivo, un perjuicio patrimonial? |