26.5.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 159/18


Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2014 — Comisión Europea/República de Bulgaria

(Asunto C-141/14)

2014/C 159/24

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: E. White, P. Mihaylova y C. Hermes, agentes)

Demandada: República de Bulgaria

Pretensiones de la parte demandante

La Comisión solicita que se declare:

Que la República de Bulgaria no ha declarado las zonas más adecuadas, en cuanto a su número y superficie, para la protección de especies biológicas con arreglo al anexo I de la Directiva 2009/147/CE (1) y para las aves migratorias no incluidas en el anexo I que se presentan de manera regular en el área geográfica marítima y terrestre, a las que resulta aplicable la Directiva 2009/147/CE, al no haber integrado en su totalidad las zonas de importancia para la protección de aves en la zona de especial protección «Kaliakra». Por consiguiente, la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4, apartados 1 y 2, de la Directiva 2009/147/CE.

Que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4, apartado 4, de la Directiva 2009/147/CE en su interpretación hecha por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos C-96/98 y C-374/98, al haber autorizado los proyectos «AES Geo Enerdzhi» OOD, «Uindteh» OOD, «Brestiom» OOD, «Disib» OOD, «Eko Enerdzhi» OOD y «Longman Investmant» OOD en la zona de importancia para la protección de aves «Kaliakra», que no fue declarada zona de especial protección, pero debía haberlo sido.

Que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6, apartado 2, de la Directiva 92/43/CEE (2) en la interpretación hecha por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos C-117/03 y C-244/05, al haber autorizado proyectos en la zona de especial protección «Kaliakra», en la zona de especial importancia «Kompleks Kaliakra» y en la zona de especial protección «Belite Skali» («Kaliakra uind pauar» AD, «EVN Enertrag Kavarna» OOD, «TSID — Atlas» EOOD, «Vertikal — Petkov i s-ie» OOD, campo de golf y balneario «Treyshan Klifs Golf end Spa Rezort» OOD), debido a que no ha adoptado las medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies biológicas, así como el disturbio de especies para las que se han designado las zonas.

Que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 2, apartado 1, en relación con el artículo 4, apartados 2 y 3, y del anexo III, número 1, letra b), de la Directiva 2001/92/UE, (3) al no haber examinado de manera adecuada los efectos acumulativos de los proyectos autorizados en la zona que es de importancia para la protección de las aves, pero que no ha sido declarada zona de especial protección («AES Geo Enerdzhi» OOD, «Uindteh» OOD, «Brestiom» OOD, «Disib» OOD, «Eko Enerdzhi» OOD y «Longman Investmant» OOD).

La Comisión solicita, además:

Que se condene en costas a la República de Bulgaria.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión señala que la República de Bulgaria no ha designado la zona de «Kaliakra» como zona de especial protección hasta las fronteras de la zona «Kaliakra» que son de importancia para la protección de las aves, lo que supone un incumplimiento de la Directiva.

La República de Bulgaria ha incumplido la Directiva para la protección de las aves, la Directiva sobre los hábitats y la Directiva sobre la evaluación de las repercusiones, al autorizar una serie de proyectos de actividades económicas en la zona de especial protección «Kaliakra», en la zona de especial protección «Belite skali» y en la zona de importancia comunitaria «Kompleks Kaliakra», puesto que ha permitido la destrucción o el deterioro considerable de espacios naturales únicos y hábitats preferidos de especies, así como el disturbio de especies y no ha tenido en cuenta los efectos acumulativos de un elevado número de proyectos.


(1)  Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 20, p. 7).

(2)  Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206, p. 7).

(3)  Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 26, p. 1).