Auto del Tribunal General (Sala Tercera) de 23 de octubre de 2014 — SACBO/Comisión e INEA
(Asunto T‑692/13)
«Recurso de anulación — Red Transeuropea — Acción relativa a la realización de un estudio para el desarrollo intermodal del aeropuerto de Bergamo-Orio al Serio (Italia) — Decisión por la que se declaran no subvencionables determinados costes anticipados y se exige la restitución de los importes correspondientes — Identificación errónea de la demandada — Inadmisibilidad parcial»
Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Recurso dirigido contra el autor del acto impugnado — Excepciones — Actos adoptados en virtud de facultades delegadas imputables a la institución delegante — Requisitos (Art. 230 CE) (véase el apartado 18)
Objeto
Recurso de anulación, con carácter principal, de la decisión de 23 de octubre de 2013 de la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) por la que se desestiman las observaciones presentadas por el Ente nazionale per l’aviazione civile (ENAC) respecto de la posibilidad de subvencionar determinados gastos efectuados en el marco de un estudio de viabilidad relativo al carácter intermodal del aeropuerto de Bergamo-Orio al Serio (Italia) que recibió una ayuda económica de la Unión Europea y se reclama, como consecuencia, la cantidad de 158517,54 euros y, con carácter subsidiario, de todos los actos en los que se basa dicha decisión, a saber, los escritos de la INEA de los días 18 de marzo, 2 de agosto y 8 de octubre de 2013.
Fallo
|
1) |
Desestimar el recurso en la medida en que se dirige contra la Comisión Europea. |
|
2) |
Condenar en costas a la Società per l’aeroporto civile di Bergamo-Orio al Serio SpA (SACBO). |
Auto del Tribunal General (Sala Tercera) de 23 de octubre de 2014 — SACBO/Comisión e INEA
(Asunto T‑692/13)
«Recurso de anulación — Red Transeuropea — Acción relativa a la realización de un estudio para el desarrollo intermodal del aeropuerto de Bergamo-Orio al Serio (Italia) — Decisión por la que se declaran no subvencionables determinados costes anticipados y se exige la restitución de los importes correspondientes — Identificación errónea de la demandada — Inadmisibilidad parcial»
Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Recurso dirigido contra el autor del acto impugnado — Excepciones — Actos adoptados en virtud de facultades delegadas imputables a la institución delegante — Requisitos (Art. 230 CE) (véase el apartado 18)
Objeto
Recurso de anulación, con carácter principal, de la decisión de 23 de octubre de 2013 de la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) por la que se desestiman las observaciones presentadas por el Ente nazionale per l’aviazione civile (ENAC) respecto de la posibilidad de subvencionar determinados gastos efectuados en el marco de un estudio de viabilidad relativo al carácter intermodal del aeropuerto de Bergamo-Orio al Serio (Italia) que recibió una ayuda económica de la Unión Europea y se reclama, como consecuencia, la cantidad de 158517,54 euros y, con carácter subsidiario, de todos los actos en los que se basa dicha decisión, a saber, los escritos de la INEA de los días 18 de marzo, 2 de agosto y 8 de octubre de 2013.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso en la medida en que se dirige contra la Comisión Europea. |
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2) |
Condenar en costas a la Società per l’aeroporto civile di Bergamo-Orio al Serio SpA (SACBO). |