25.5.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 147/21


Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2013 — Eltek/OAMI — Eltec Elektronik (ELTEK)

(Asunto T-139/13)

2013/C 147/38

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Eltek SpA (Casale Monferrato, Italia) (representantes: G. Floridia y R. Floridia, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Eltec Elektronik AG (Maguncia, Alemania)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Sala de Recurso de 7 de enero de 2013 (rectificada mediante corrigendum de 22 de enero de 2013), notificada y recibida el 10 de enero de 2013 en el asunto R 511/2012-1, relativa al procedimiento de oposición no 992.851 y a la solicitud de registro de marca comunitaria no 4.368.064, debido a que se cumplen plenamente todos los requisitos para el registro válido de cada producto.

Condene a la OAMI al pago de las costas del procedimiento seguido ante el Tribunal General y al oponente al pago de las correspondientes a los procedimientos ante la División de Oposición y la Sala de Recurso.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «ELTEK», para productos de la clase 9 — Solicitud de marca comunitaria no 4.368.064

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca o signo invocado: Marca alemana y registro internacional «ELTEC» que designa al Benelux, España, Francia, Italia, Austria y Portugal, para productos y servicios de las clases 9, 37, 38, 41 y 42

Resolución de la División de Oposición: Desestimación parcial de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Estimación del recurso y denegación de la marca comunitaria solicitada en relación con determinados productos de la clase 9

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 del Consejo.