30.3.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 107/26 |
Sentencia del Tribunal General de 12 de febrero de 2015 — Vita Phone/OAMI (LIFEDATA)
(Asunto T-318/13) (1)
([«Marca comunitaria - Solicitud de marca comunitaria denominativa LIFEDATA - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), y artículo 75 del Reglamento (CE) no 207/2009 - Falta de apreciación concreta - Obligación de motivación»])
(2015/C 107/34)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Vita Phone GmbH (Mannheim, Alemania) (representantes: P. Ruess y A. Doepner-Thiele, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representantes: G. Marten y G. Schneider, agentes)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 26 de marzo de 2013 (asunto R 1072/2012–1), relativo a una solicitud de registro de la marca denominativa LIFEDATA como marca comunitaria.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Vita Phone GmbH. |