9.11.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 325/16 |
Recurso de casación interpuesto el 9 de agosto de 2013 por T & L Sugars Ltd, Sidul Açúcares, Unipessoal Lda contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 6 de junio de 2013 en el asunto T-279/11, T & L T & L Sugars Ltd, Sidul Açúcares, Unipessoal Lda/Comisión Europea
(Asunto C-456/13 P)
2013/C 325/27
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrentes: T & L Sugars Ltd, Sidul Açúcares, Unipessoal Lda (representantes: D. Waelbroeck, abogado, D. Slater, Solicitor)
Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Consejo de la Unión Europea, República Francesa
Pretensiones de las partes recurrentes
Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:
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Declare admisible y fundado el presente recurso de casación. |
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Anule la sentencia del Tribunal General de 6 de junio de 2013 en el asunto T-279/11 (en lo sucesivo, «sentencia recurrida») en la medida en que declara la inadmisibilidad del recurso de anulación de las recurrentes y desestima las excepciones de ilegalidad propuestas. |
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Devuelva el asunto al Tribunal General para que éste proceda al examen del fondo del asunto. |
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Condene a la Comisión a cargar con la totalidad de las costas en que se haya incurrido ante el Tribunal de Justicia. |
Motivos y principales alegaciones
Las recurrentes invocan los siguientes motivos en apoyo de su recurso de casación:
1) |
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que los Reglamentos controvertidos incluían medidas de ejecución en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto. |
2) |
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que el Reglamento 393/2011 (1) no afectaba individualmente a las recurrentes. |
3) |
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al desestimar la excepción de ilegalidad como consecuencia de los errores 1 y 2 mencionados en los anteriores apartados. |
En consecuencia, las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que (i) anule la sentencia recurrida en la medida en que declara la inadmisibilidad del recurso de anulación y desestima la excepción de ilegalidad y (ii) devuelva el asunto al Tribunal General.
(1) Reglamento de Ejecución (UE) no 393/2011 de la Comisión, de 19 de abril de 2011, por el que se fija el coeficiente de asignación para la expedición de certificados de importación solicitados entre el 1 y el 7 de abril de 2011 para los productos del azúcar en el marco de determinados contingentes arancelarios y se suspende la presentación de solicitudes de dichos certificados (DO L 104, p. 39).