Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 9 de octubre de 2014 — ICF/Comisión
(Asunto C‑467/13 P) ( 1 )
«Recurso de casación — Prácticas colusorias — Mercado mundial del fluoruro de aluminio — Derecho de defensa — Contenido del pliego de cargos — Cálculo del importe de la multa — Directrices de 2006 para el cálculo de las multas — Apartado 18 — Valor total de las ventas de bienes o servicios en relación con la infracción — Obligación de motivación — Plazo razonable — Reducción del importe de la multa»
1. |
Recurso de casación — Motivos — Admisibilidad — Requisitos — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización — Apreciación de la influencia potencial de un documento no divulgado por la Comisión en el contenido de la decisión impugnada — Cuestión correspondiente a la apreciación soberana del Tribunal General (Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 26 a 29) |
2. |
Recurso de casación — Motivos — Admisibilidad — Requisitos — Motivo basado en la desnaturalización de las pruebas — Obligación de indicar de manera precisa los elementos desnaturalizados y de demostrar los errores de análisis que han llevado a tal desnaturalización (Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 30 a 32) |
3. |
Competencia — Procedimiento administrativo — Pliego de cargos — Carácter provisional — Retirada de los cargos que resulten infundados — Obligación de la Comisión de informar a los interesados mediante un pliego de cargos suplementario — Exclusión [Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 27] (véanse los apartados 33 a 38) |
4. |
Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Directrices adoptadas por la Comisión — Importe de base de la multa — Acuerdos mundiales de reparto del mercado — Cálculo en función del valor de las ventas en relación con la infracción en el sector geográfico de que se trate — Concepto referido al valor de las ventas de las empresas que participan en la infracción [Art. 101 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, ap. 18] (véanse los apartados 47 y 48) |
5. |
Competencia — Multas — Importe — Determinación — Obligación de la Comisión de atenerse a la práctica seguida en sus decisiones anteriores — Inexistencia [Art. 101 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véase el apartado 50) |
6. |
Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente — Motivación implícita del Tribunal General — Procedencia — Requisitos (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 36 y 53, párr. 1) (véanse los apartados 52, 53 y 64) |
7. |
Procedimiento judicial — Duración del procedimiento seguido ante el Tribunal General — Plazo razonable — Litigio relativo a la existencia de una infracción a las normas de competencia — Inobservancia del plazo razonable — Consecuencias — Responsabilidad extracontractual — Pretensión basada en la duración excesiva del procedimiento ante el Tribunal General — Composición de la formación del Tribunal General (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47, párr. 2) (véanse los apartados 57 y 58) |
8. |
Procedimiento judicial — Duración del procedimiento seguido ante el Tribunal General — Plazo razonable — Criterios de apreciación (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47, párr. 2) (véanse los apartados 59 y 60) |
Fallo
1) |
Desestimar el recurso de casación. |
2) |
Condenar en costas a Industries Chimiques du Fluor (ICF). |
( 1 ) DO C 336, de 16.11.2013.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 9 de octubre de 2014 — ICF/Comisión
(Asunto C‑467/13 P) ( 1 )
«Recurso de casación — Prácticas colusorias — Mercado mundial del fluoruro de aluminio — Derecho de defensa — Contenido del pliego de cargos — Cálculo del importe de la multa — Directrices de 2006 para el cálculo de las multas — Apartado 18 — Valor total de las ventas de bienes o servicios en relación con la infracción — Obligación de motivación — Plazo razonable — Reducción del importe de la multa»
1. |
Recurso de casación — Motivos — Admisibilidad — Requisitos — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización — Apreciación de la influencia potencial de un documento no divulgado por la Comisión en el contenido de la decisión impugnada — Cuestión correspondiente a la apreciación soberana del Tribunal General (Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 26 a 29) |
2. |
Recurso de casación — Motivos — Admisibilidad — Requisitos — Motivo basado en la desnaturalización de las pruebas — Obligación de indicar de manera precisa los elementos desnaturalizados y de demostrar los errores de análisis que han llevado a tal desnaturalización (Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 30 a 32) |
3. |
Competencia — Procedimiento administrativo — Pliego de cargos — Carácter provisional — Retirada de los cargos que resulten infundados — Obligación de la Comisión de informar a los interesados mediante un pliego de cargos suplementario — Exclusión [Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 27] (véanse los apartados 33 a 38) |
4. |
Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Directrices adoptadas por la Comisión — Importe de base de la multa — Acuerdos mundiales de reparto del mercado — Cálculo en función del valor de las ventas en relación con la infracción en el sector geográfico de que se trate — Concepto referido al valor de las ventas de las empresas que participan en la infracción [Art. 101 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, ap. 18] (véanse los apartados 47 y 48) |
5. |
Competencia — Multas — Importe — Determinación — Obligación de la Comisión de atenerse a la práctica seguida en sus decisiones anteriores — Inexistencia [Art. 101 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véase el apartado 50) |
6. |
Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente — Motivación implícita del Tribunal General — Procedencia — Requisitos (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 36 y 53, párr. 1) (véanse los apartados 52, 53 y 64) |
7. |
Procedimiento judicial — Duración del procedimiento seguido ante el Tribunal General — Plazo razonable — Litigio relativo a la existencia de una infracción a las normas de competencia — Inobservancia del plazo razonable — Consecuencias — Responsabilidad extracontractual — Pretensión basada en la duración excesiva del procedimiento ante el Tribunal General — Composición de la formación del Tribunal General (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47, párr. 2) (véanse los apartados 57 y 58) |
8. |
Procedimiento judicial — Duración del procedimiento seguido ante el Tribunal General — Plazo razonable — Criterios de apreciación (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47, párr. 2) (véanse los apartados 59 y 60) |
Fallo
1) |
Desestimar el recurso de casación. |
2) |
Condenar en costas a Industries Chimiques du Fluor (ICF). |
( 1 ) DO C 336, de 16.11.2013.