Asunto C‑429/13 P

Reino de España

contra

Comisión Europea

«Recurso de casación — Fondo de Cohesión — Reducción de la ayuda financiera — Irregularidades en la aplicación de la legislación sobre contratos públicos — Adopción de la decisión por la Comisión Europea — Incumplimiento del plazo señalado — Consecuencias»

Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 22 de octubre de 2014

  1. Cohesión económica, social y territorial — Intervenciones de carácter estructural — Financiación por la Unión — Reglamento (CE) no 1083/2006 — Correcciones financieras — Plazo de caducidad para la adopción de la decisión de la Comisión — Imposibilidad de adoptar la decisión tras la expiración del plazo

    [Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, arts. 100, ap. 5, y 108, párr. 2]

  2. Recurso de anulación — Motivos — Vicios sustanciales de forma — Incumplimiento de un plazo establecido por el legislador de la Unión — Examen de oficio por parte del órgano jurisdiccional

    [Art. 263 TFUE; Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, art. 100, ap. 5]

  1.  Véase el texto de la resolución.

    (véanse los apartados 29 a 33)

  2.  Véase el texto de la resolución.

    (véase el apartado 34)


Asunto C‑429/13 P

Reino de España

contra

Comisión Europea

«Recurso de casación — Fondo de Cohesión — Reducción de la ayuda financiera — Irregularidades en la aplicación de la legislación sobre contratos públicos — Adopción de la decisión por la Comisión Europea — Incumplimiento del plazo señalado — Consecuencias»

Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 22 de octubre de 2014

  1. Cohesión económica, social y territorial — Intervenciones de carácter estructural — Financiación por la Unión — Reglamento (CE) no 1083/2006 — Correcciones financieras — Plazo de caducidad para la adopción de la decisión de la Comisión — Imposibilidad de adoptar la decisión tras la expiración del plazo

    [Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, arts. 100, ap. 5, y 108, párr. 2]

  2. Recurso de anulación — Motivos — Vicios sustanciales de forma — Incumplimiento de un plazo establecido por el legislador de la Unión — Examen de oficio por parte del órgano jurisdiccional

    [Art. 263 TFUE; Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, art. 100, ap. 5]

  1.  Véase el texto de la resolución.

    (véanse los apartados 29 a 33)

  2.  Véase el texto de la resolución.

    (véase el apartado 34)