Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 15 de mayo de 2014 — 1. garantovaná/Comisión

(Asunto C‑90/13 P)

«Recurso de casación — Competencia — Reglamento (CE) no 1/2003 — Prácticas colusorias — Cálculo del importe de la multa — Volumen de negocios total realizado durante el ejercicio social anterior»

Competencia — Multas — Importe — Determinación — Importe máximo — Cálculo — Volumen de negocios que ha de tomarse en consideración — Volumen de negocios del ejercicio económico que precede a la fecha de imposición de la multa — Ejercicio económico caracterizado por la cesión de un conjunto de activos — Utilización del volumen de negocios del ejercicio económico inmediatamente anterior — Procedencia [Art. 101 TFUE; Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véanse los apartados 15 a 18 y 30 a 32)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 12 de diciembre de 2012, 1. garantovaná/Comisión (T‑392/09) mediante la que dicho Tribunal desestimó el recurso por el que se había solicitado la anulación parcial de la Decisión C(2009) 5791 final de la Comisión, de 22 de julio de 2009, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 del Tratado CE y con el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/39.396 — Reactivos a base de carburo de calcio y de magnesio para la industria del acero), relativa a un cártel en el mercado del polvo y del granulado de carburo de calcio, y en el mercado del granulado de magnesio en una parte considerable del EEE, consistente en la fijación de precios, el reparto de mercados y el intercambio de información, y, con carácter subsidiario, la reducción de la multa impuesta a la recurrente — Cálculo de la multa — Límite máximo del 10 % del volumen de negocios — Volumen de negocios pertinente.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso de casación.

2) 

Condenar en costas a 1. Garantovaná a.s.