9.6.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 165/20


Recurso interpuesto el 5 de marzo de 2012 — Bial — Portela/OAMI — Probiotical (PROBIAL)

(Asunto T-113/12)

2012/C 165/35

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Bial — Portela & Ca, SA (São Mamede do Coronado, Portugal) (representantes: B. Braga da Cruz y J. Pimenta, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Probiotical SpA (Novara, Italia)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 20 de diciembre de 2011, en el asunto R 1925/2010-4.

Ordene a la demandada denegar la concesión del registro de la marca comunitaria no 2408128, «PROBIAL».

Condene en costas a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa en azul oscuro y azul claro «PROBIAL» para productos de las clases 1, 5 y 31 — Solicitud de marca comunitaria no 2408128

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante

Marca o signo invocado: Registro de marca portuguesa no 155284 de la marca denominativa «Bial» para productos de la clase 5; marca «Bial», notoria en Portugal; registro de marca comunitaria no 1400183 de la marca figurativa en negro y blanco «Bial» para productos y servicios de las clases 3, 5 y 42; registro de marca española no 2026481 de la marca figurativa en blanco y negro «Bial» par servicios de la clase 35; registro internacional no 490635 para la marca de caracteres estándar «Bial» para productos de la clase 5; emblema de establecimiento no 868 del signo figurativo «Bial»; Nombre de establecimiento no 35157 para el término «Bial»; logotipo no 951 del signo figurativo «Bial»

Resolución de la División de Oposición: Denegación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 del Consejo, pues la Sala de Recurso valoró erróneamente que las marcas controvertidas no podían inducir a confusión.