8.12.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 439/27


Sentencia del Tribunal General de 24 de octubre de 2014 — Grau Ferrer/OAMI — Rubio Ferrer (Bugui va)

(Asunto T-543/12) (1)

([Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria figurativa Bugui va - Marca figurativa nacional anterior Bugui y marca figurativa comunitaria anterior BUGUI - Motivo de denegación relativo - Desestimación de la oposición - Artículo 76, apartado 2, del Reglamento (CE) no 207/2009 - Existencia de la marca anterior - No consideración de pruebas presentadas ante la Sala de Recurso en apoyo de la oposición - Facultad de apreciación de la Sala de Recurso - Artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento no 207/2009 - Artículo 15, apartado 1, párrafo segundo, letra a), del Reglamento no 207/2009 - Uso efectivo de la marca anterior - Forma que difiere en elementos que no alteran el carácter distintivo])

(2014/C 439/36)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Xavier Grau Ferrer (Caldes de Montbui, Barcelona) (representante: J. Carbonell Callicó, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representantes: S. Palmero Cabezas y A. Folliard-Monguiral, agentes)

Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, coadyuvantes ante el Tribunal General: Juan Cándido Rubio Ferrer (Xeraco, Valencia) y Alberto Rubio Ferrer (Xeraco) (representante: A. Cañizares Doménech, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 11 de octubre de 2012 (asuntos acumulados R 274/2011-4 y R 520/2011-4), relativa a un procedimiento de oposición entre, por una parte, el Sr. Xavier Grau Ferrer y, por otra, los Sres. Juan Cándido Rubio Ferrer y Alberto Rubio Ferrer.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 11 de octubre de 2012 (asuntos acumulados R 274/2011-4 y R 520/2011-4).

2)

La OAMI cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido el Sr. Xavier Grau Ferrer.

3)

Los Sres. Juan Cándido Rubio Ferrer y Alberto Rubio Ferrer cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 55, de 23.2.2013.