19.10.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 346/13


Sentencia del Tribunal General de 8 de septiembre de 2015 — Amitié/Comisión

(Asunto T-234/12) (1)

((«Cláusula compromisoria - Subvención - Ayuda económica - Suspensión de los pagos - Petición de reembolso de los costes declarados - Indemnización por daños y perjuicios - Intereses de demora - Nota de adeudo - Responsabilidad contractual - Reconvención»))

(2015/C 346/15)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Amitié Srl (Bolonia, Italia) (representantes: D. Bogaert, M. Picat y C. Siciliano, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: F. Moro y S. Delaude, agentes, asistidos inicialmente por R. Van der Hout y A. Krämer, posteriormente por R. Van der Hout y A. Köhler, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto, al amparo del artículo 272 TFUE y del artículo 340 TFUE, párrafo primero, que tiene por objeto, en el marco de una primera pretensión, que se declare, en primer lugar, que no se deben devolver o pagar, según los casos, cuando menos en su integridad, las cantidades percibidas por la empresa demandante en ejecución de un convenio de subvención y de dos convenios de ayuda económica celebrados entre dicha empresa y la Comunidad, representada por la Comisión, así como tampoco la penalización y los intereses de demora, cuyo pago o devolución reclama la Comisión; en segundo lugar, que se declare que ha prescrito el derecho de la Comisión a extrapolar las conclusiones finales de la auditoría a otro convenio de subvención, y, por último, que, al suspender, a la vista de las conclusiones preliminares de la auditoría financiera, el pago de las cantidades debidas a la demandante en ejecución de otros dos convenios de subvención, la Comisión dio lugar a que la Unión incurriera en responsabilidad contractual, y, en el marco de una segunda pretensión, que se condene a la Comisión a abonar a la demandante, por una pate, las cantidades que aún se le deben en virtud de los convenios de subvención cuya ejecución fue suspendida y en virtud de otro convenio de ayuda económica, así como los intereses de demora, y, por otra parte, a abonar a la demandante una indemnización por daños y perjuicios destinada a reparar el perjuicio sufrido como consecuencia del ejercicio abusivo por la Comisión de los derechos derivados de los convenios de ayuda financiera o de subvención sometidos a la auditoría financiera y de los convenios de subvención cuya ejecución fue suspendida a raíz de dicha auditoría.

Fallo

1)

No procede pronunciarse sobre las pretensiones de Amitié Srl destinadas a que se deje constancia en autos de la renuncia de la Comisión Europea a poner en tela de juicio las cantidades que se le siguen debiendo en ejecución de los convenios de subvención con referencia ECP—2007—DILI-517005, relativo a la acción Athena (Access to cultural heritage networks across Europe), y ECP—2008—DILI—538025, relativa a la acción Judaica Europeana (Jewish urban digital European integrated cultural archive).

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar a Amitié a pagar a la Comisión, en primer lugar, la cantidad de 50 458,23 euros, junto con intereses de demora a un tipo del 4,5 % anual a partir del 6 de abril de 2012 y hasta el pago íntegro de dicha cantidad; en segundo lugar, la cantidad de 261 947,36 euros, junto con intereses de demora a un tipo del 4,5 % anual a partir del 28 de diciembre de 2012 y hasta el pago íntegro de dicha cantidad; en tercer lugar, la cantidad de 358 712,35 euros, junto con intereses de demora a un tipo del 4,5 % anual a partir del 8 de mayo de 2012 y hasta el pago íntegro de dicha cantidad, y, en cuarto lugar, la cantidad de 5 045,82 euros, junto con intereses de demora a un tipo del 4,5 % anual a partir del 23 de junio de 2012 y hasta el pago íntegro de dicha cantidad.

4)

Condenar a Amitié a cargar, además de con sus propias costas, con las cuatro quintas partes de las costas de la Comisión.

5)

La comisión cargará con la quinta parte de sus propias costas.


(1)  DO C 243, de 11.8.2012.