22.12.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 399/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Patent- und Markensenat (Austria) el 6 de septiembre de 2012 — Backaldrin Österreich The Kornspitz Company GmbH/Pfahnl Backmittel GmbH

(Asunto C-409/12)

2012/C 399/14

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberster Patent- und Markensenat

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Backaldrin Österreich The Kornspitz Company GmbH

Recurrida: Pfahnl Backmittel GmbH

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se convierte una marca en la «designación usual […] de un producto o de un servicio» en el sentido del artículo 12, apartado 2, letra a), de la Directiva 2008/95/CE (Directiva de marcas) (1) cuando:

a)

los comerciantes, aun siendo conscientes de que se trata de una indicación de origen, por regla general no ponen de manifiesto este hecho frente al consumidor final, y

b)

por este motivo, este último ya no considera la marca una indicación de origen sino la designación usual de los productos o servicios para los que está registrada.

2)

Para que exista una «inactividad» en el sentido del artículo 12, apartado 2, letra a), de la Directiva 2008/95/CE, ¿basta con que el titular de la marca permanezca inactivo a pesar de que los comerciantes no indican a los clientes que se trata de una marca registrada?

3)

¿Debe declararse la caducidad de una marca que, como consecuencia de la actividad o inactividad de su titular, se haya convertido para el consumidor final, pero no para el comercio, en la designación usual, en caso, y sólo en el caso, de que el consumidor final únicamente disponga de esa designación debido a la ausencia de alternativas equivalentes?


(1)  Directiva 2008/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (Versión codificada) (DO L 299, p. 25).