11.8.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 243/10 |
Recurso de casación interpuesto el 13 de junio de 2012 por Telefónica S.A. y Telefónica de España, S.A.U. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 29 de marzo de 2012 en el asunto T-336/07, Telefónica y Telefónica de España/Comisión
(Asunto C-295/12 P)
2012/C 243/19
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrentes: Telefónica S.A. y Telefónica de España, S.A.U. (representantes: F. González Díaz y J. Baño Fos, abogados)
Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, France Telecom España, S.A., Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc Consumo) y European Competitive Telecommunications Association
Pretensiones
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A título principal Que se proceda a la anulación total o parcial de la sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2012 en el asunto T-336/07, Telefónica y Telefónica de España/Comisión; sobre la base de los elementos a su disposición, que se anule total, o parcialmente, la Decisión de la Comisión Europea de 4 de julio de 2007 en el asunto COMP/38.784 — Wanadoo España/Telefónica; que se revoque o se reduzca la multa en virtud del artículo 261 TFUE; que se revoque o se reduzca la multa a título de la duración injustificada del procedimiento ante el Tribunal General; y que se condene en costas a la Comisión y a las partes coadyuvantes tanto en el presente procedimiento como en el procedimiento ante el Tribunal General. |
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De manera alternativa, cuando el estado del procedimiento no lo permita Que se anule la sentencia del Tribunal General y se reenvíe el asunto al Tribunal General para que éste resuelva a la luz de las cuestiones de derecho dirimidas por el Tribunal de Justicia; que se revoque o se reduzca la multa en virtud del artículo 261 TFUE; y que se condene en costas a la Comisión y a las partes coadyuvantes tanto en el presente procedimiento como en el procedimiento ante el Tribunal General. |
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En cualquier caso, Que se otorgue acceso, con arreglo al artículo 15 TFUE, a la transcripción literal o a la grabación de la vista oral que tuvo lugar ante el Tribunal General el 23 de mayo de 2011, así como la celebración de una vista oral. |
Motivos y principales alegaciones
El Tribunal General ha incurrido en:
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Infracción de los derechos de defensa de Telefónica habida cuenta de:
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Error de Derecho en la definición de los mercados mayoristas de referencia. |
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Error de Derecho en la apreciación de la presunta posición de dominio de Telefónica. |
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Error de Derecho y violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos al consentir una interferencia en el Derecho a la propiedad de Telefónica sobre un insumo no indispensable. |
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Error de Derecho y desnaturalización manifiesta de los hechos en la apreciación del abuso y sus supuestos efectos sobre la competencia en relación con:
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Error de Derecho en la apreciación de la actuación ultra vires de la Comisión y la infracción de los principios de subsidiariedad, proporcionalidad, seguridad jurídica, cooperación leal y buena administración. |
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Infracción del principio de seguridad jurídica en la definición del tipo legal y error de Derecho en la valoración del carácter deliberado o megligente de la conducta de Telefónica. |
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Error de Derecho y desnaturalización manifiesta de los hechos en el cómputo del importe de la multa, inter alia, al
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Infracción del artículo 229 TCE (actualmente 261 TFUE). |