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14.4.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 109/7 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Ankenævnet for Uddannelsesstøtten (Dinamarca) el 26 de enero de 2012 — LN
(Asunto C-46/12)
2012/C 109/12
Lengua de procedimiento: danés
Órgano jurisdiccional remitente
Ankenævnet for Uddannelsesstøtten
Partes en el procedimiento principal
Demandante: LN
Cuestión prejudicial
¿Significa el artículo 7, apartado 1, letra c), en relación con el artículo 24, apartado 2, de la Directiva (1) sobre residencia, significa que un Estado miembro (el Estado miembro de acogida), al valorar si ha de considerarse que una persona es un trabajador con derecho a ayuda para estudios, puede tener en cuenta que dicha persona entró en el Estado miembro de acogida con la finalidad principal de cursar estudios, con la consecuencia de que el Estado miembro de acogida no está obligado a conceder la ayuda para estudios a dicha persona (véase el artículo 24, apartado 2, de la Directiva sobre residencia)?
(1) Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (DO L 158, p. 77).