Palabras clave
Parte dispositiva

Palabras clave

Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art. 258 TFUE; Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo; Directivas del Consejo 92/43/CEE y 1999/31/CE) (véanse los apartados 39 y 41)

2. Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 258 TFUE) (véanse los apartados 42 y 54)

3. Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Reconocimiento del incumplimiento por el Estado miembro en cuestión — Irrelevancia (Art. 258 TFUE) (véase el apartado 46)

4. Recurso por incumplimiento — Prueba del incumplimiento — Carga que incumbe a la Comisión — Aportación de medios de prueba que ponen de manifiesto el incumplimiento — Refutación a cargo del Estado miembro demandado (Art. 258 TFUE) (véanse los apartados 49 y 50)

5. Medio ambiente — Residuos — Directiva 2008/98/CE — Obligación de los Estados miembros de garantizar la valorización o la eliminación de residuos — Obligación de resultado — Margen de apreciación de los Estados miembros en lo que atañe a las medidas que han de adoptarse — Límites — Persistencia prolongada de una situación no conforme que implica una degradación significativa del medio ambiente — Incumplimiento (Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 13) (véanse los apartados 51 y 52)

6. Medio ambiente — Residuos — Vertido de residuos — Directiva 1999/31/CE — Medida nacional que autoriza la explotación de un vertedero sin plan de acondicionamiento y sin una decisión definitiva respecto de la continuación de la explotación sobre la base de una plan de acondicionamiento aprobado — Incumplimiento [Art. 258 TFUE; Directiva 1999/31/CE del Consejo, art. 14, letras a) a c)] (véase el apartado 72)

7. Medio ambiente — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 92/43/CEE — Autorización de un plan o de un proyecto relativo a un lugar protegido — Requisitos — Evaluación adecuada de sus repercusiones — Identificación de los aspectos que pueden afectar a los objetivos de conservación del lugar (Directiva 92/43/CEE del Consejo, art. 6, aps. 3, primera frase, y 4) (véanse los apartados 74 a 76 y 79)

Parte dispositiva

Fallo

1) Declarar que la República Helénica,

– al mantener la explotación en la isla de Zakynthos, en Gryparaiika, en la región de Kalamaki (Grecia), de un vertedero que presenta disfunciones, está saturado y no cumple los requisitos de la normativa de la Unión en materia de medio ambiente previstas en los artículos 13 y 36, apartado 1, de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, y en los artículos 8, 9, 11, apartado 1, letra a), 12 y 14 de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos, y

– al prorrogar la autorización del vertido en el vertedero en cuestión sin seguir el procedimiento contemplado en el artículo 6, apartado 3, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres,

ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de las citadas disposiciones.

2) Condenar en costas a la República Helénica.


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de julio de 2014 — Comisión/Grecia

(Asunto C‑600/12) ( 1 )

«Incumplimiento de Estado — Medio ambiente — Gestión de residuos — Directivas 2008/98/CE, 1999/31/CE y 92/43/CEE — Vertido de residuos en la isla de Zakynthos — Parque nacional marítimo de Zakynthos — Lugar Natura 2000 — Tortuga marina Caretta caretta — Prórroga de la duración de validez de las cláusulas medioambientales — Falta de plan de acondicionamiento — Explotación de un vertedero — Disfunciones — Saturación del vertedero — Infiltración de lixiviados — Cobertura insuficiente y dispersión de los residuos — Extensión del vertedero»

1. 

Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art. 258 TFUE; Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo; Directivas del Consejo 92/43/CEE y 1999/31/CE) (véanse los apartados 39 y 41)

2. 

Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 258 TFUE) (véanse los apartados 42 y 54)

3. 

Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Reconocimiento del incumplimiento por el Estado miembro en cuestión — Irrelevancia (Art. 258 TFUE) (véase el apartado 46)

4. 

Recurso por incumplimiento — Prueba del incumplimiento — Carga que incumbe a la Comisión — Aportación de medios de prueba que ponen de manifiesto el incumplimiento — Refutación a cargo del Estado miembro demandado (Art. 258 TFUE) (véanse los apartados 49 y 50)

5. 

Medio ambiente — Residuos — Directiva 2008/98/CE — Obligación de los Estados miembros de garantizar la valorización o la eliminación de residuos — Obligación de resultado — Margen de apreciación de los Estados miembros en lo que atañe a las medidas que han de adoptarse — Límites — Persistencia prolongada de una situación no conforme que implica una degradación significativa del medio ambiente — Incumplimiento (Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 13) (véanse los apartados 51 y 52)

6. 

Medio ambiente — Residuos — Vertido de residuos — Directiva 1999/31/CE — Medida nacional que autoriza la explotación de un vertedero sin plan de acondicionamiento y sin una decisión definitiva respecto de la continuación de la explotación sobre la base de una plan de acondicionamiento aprobado — Incumplimiento [Art. 258 TFUE; Directiva 1999/31/CE del Consejo, art. 14, letras a) a c)] (véase el apartado 72)

7. 

Medio ambiente — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 92/43/CEE — Autorización de un plan o de un proyecto relativo a un lugar protegido — Requisitos — Evaluación adecuada de sus repercusiones — Identificación de los aspectos que pueden afectar a los objetivos de conservación del lugar (Directiva 92/43/CEE del Consejo, art. 6, aps. 3, primera frase, y 4) (véanse los apartados 74 a 76 y 79)

Fallo

1) 

Declarar que la República Helénica,

– 

al mantener la explotación en la isla de Zakynthos, en Gryparaiika, en la región de Kalamaki (Grecia), de un vertedero que presenta disfunciones, está saturado y no cumple los requisitos de la normativa de la Unión en materia de medio ambiente previstas en los artículos 13 y 36, apartado 1, de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, y en los artículos 8, 9, 11, apartado 1, letra a), 12 y 14 de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos, y

– 

al prorrogar la autorización del vertido en el vertedero en cuestión sin seguir el procedimiento contemplado en el artículo 6, apartado 3, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres,

ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de las citadas disposiciones.

2) 

Condenar en costas a la República Helénica.


( 1 ) DO C 63, de 2.3.2013.