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7.7.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 212/7 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 15 de mayo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — T.C. Briels y otros/Minister van Infrastructuur en Milieu
(Asunto C-521/12) (1)
((Procedimiento prejudicial - Medio ambiente - Directiva 92/43/CEE - Artículo 6, apartados 3 y 4 - Conservación de los hábitats naturales - Zonas especiales de conservación - Evaluación del impacto de un plan o proyecto sobre un lugar protegido - Autorización de un plan o de un proyecto relativo a un lugar protegido - Medidas compensatorias - Lugar Natura 2000 «Vlijmens Ven, Moerputten & Bossche Broek» - Proyecto sobre el trazado de la autopista A2 «’s-Hertogenbosch-Eindhoven»))
2014/C 212/07
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Raad van State
Partes en el procedimiento principal
Demandantes T.C. Briels, M. Briels-Loermans, R.L.P. Buchholtz, Stichting A2-Plattform Boxtel e.o. y otros, H.W.G. Cox, G.P.A. Damman, P.A.M. Goevaers y otros, J.H. van Haaren, L.S.P. Dijkman, R.A.H.M. Janssen, M.M. van Lanschot, J.E.A.M. Lelijveld y otros, A. Mes y otros, A.J.J. Michels, VOF Isphording y otros, M. Peijnenborg, S. Peijnenborg-van Oers, G. Oude Elferink, W. Punte, P.M. Punte-Cammaert, Stichting Reinier van Arkel, E. de Ridder, W.C.M.A.J.G. van Rijckevorsel, M. van Rijckevorsel-van Asch van Wijck, Vereniging tot Behoud van het Groene Har van Brabant, Stichting Boom en Bosch, Stichting Overlast A2 Vught e.o., Streekraad Het Groene Woud en De Meijerij, A.C.M.W. Teulings, Stichting Bleijendijk, M. Tilman, Vereniging van Eigenaars Appatementengebouw De Heun I y otros, M.C.T. Veroude, E.J.A.M. Widlak, Van Roosmalen Sales BV y otros, M.A.A. van Kessel, Bricorma BV y otros
Demandada: Minister van Infrastructuur en Milieu
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Raad van State — Interpretación del artículo 6, apartados 3 y 4, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206, p. 7) — Autorización de un plan o de un proyecto en un lugar protegido — Requisitos — Concepto de «perjuicio a la integridad del lugar en cuestión».
Fallo
El artículo 6, apartado 3, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, debe interpretarse en el sentido de que un plan o un proyecto que, sin tener relación directa con la gestión de un lugar de importancia comunitaria o sin ser necesario para la misma, tenga repercusiones negativas en un tipo de hábitat natural existente en ésta y prevea medidas para la creación de un área de dimensión igual o mayor de este tipo de hábitat en dicho lugar afecta a la integridad de ese lugar. Tales medidas sólo podrían, en su caso, calificarse de «medidas compensatorias», en el sentido del apartado 4 de dicho artículo, en la medida en que se cumplan los requisitos establecidos en éste.