14.12.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 367/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 24 de octubre de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg — Luxemburgo) — Caisse nationale des prestations familiales/Salim Lachheb, Nadia Lachheb
(Asunto C-177/12) (1)
(Procedimiento prejudicial - Seguridad social - Reglamento (CEE) no 1408/71 - Prestación familiar - Prestación por hijo a cargo - Normativa nacional que establece la concesión de una prestación como bonificación de oficio por hijo - No acumulación de las prestaciones familiares)
2013/C 367/16
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Caisse nationale des prestations familiales
Demandadas: Salim Lachheb, Nadia Lachheb
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg — Interpretación de los artículos 1, letra u), inciso i), 3, 4, apartado 1, letra h), y 76 del Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2) — Interpretación de los artículos 18 TFUE y 45 TFUE, 7 del Reglamento (CEE) no 1612/68 del Consejo, de 15 de octubre de 1968, relativo a la libre circulación de trabajadores dentro de la Comunidad (DO L 157, p. 2) y 10 del Reglamento (CEE) no 574/72 del Consejo, de 21 de marzo de 1972, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) no 1408/71 (DO L 74, p. 1) — Concepto de «prestación familiar» — Admisibilidad de una normativa nacional que prevé la concesión de una prestación por hijo a cargo en concepto de reducción del impuesto a los trabajadores que ejercen su actividad profesional en el territorio de otro Estado miembro — Igualdad de trato — Suspensión de la concesión de la prestación familiar en el Estado miembro de empleo hasta la cuantía del importe de la prestación prevista por la legislación del Estado de residencia — Reglas anti acumulación.
Fallo
Los artículos 1, letra u), inciso i), y 4, apartado 1, letra h), del Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento (CE) no 118/97 del Consejo, de 2 de diciembre de 1996, modificado por el Reglamento (CE) no 647/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2005, deben interpretarse en el sentido de que una prestación como la prestación por hijo a cargo establecida por la loi du 21 décembre 2007 concernant le boni pour enfant (Ley de 21 de diciembre de 2007 relativa a la prestación por hijo a cargo) es una prestación familiar a efectos de dicho Reglamento.