12.5.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 142/6 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de marzo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Employment Tribunal, Newcastle upon Tyne — Reino Unido) — C. D./S. T.
(Asunto C-167/12) (1)
((Procedimiento prejudicial - Política social - Directiva 92/85/CEE - Medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia - Artículo 8 - Madre subrogante que ha tenido un hijo gracias a un convenio de gestación por sustitución - Negativa a concederle un permiso de maternidad - Directiva 2006/54/CE - Igualdad de trato entre los trabajadores y las trabajadoras - Artículo 14 - Trato menos favorable de una madre subrogante en lo que atañe a la atribución de un permiso de maternidad))
2014/C 142/06
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
Employment Tribunal, Newcastle upon Tyne
Partes en el procedimiento principal
Demandante: C. D.
Demandada: S. T.
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Employment Tribunal Newcastle upon tyne — Interpretación de los artículos 1, apartado 1, 2, letra c), 8, apartado 1, y 11, apartado 2, letra b), de la Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (décima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) (DO L 348, p. 1) — Interpretación de los artículos 14 y 2, apartados 1, letras a) y b), y 2, letra c), de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (DO L 204, p. 23) — Prohibición de todo trato menos favorable de una mujer vinculado al embarazo o al permiso de maternidad en el sentido de la Directiva 92/85/CEE — Ámbito de aplicación — Madre no gestante que ha recurrido a una maternidad subrogada — Derecho a un permiso de maternidad.
Fallo
1) |
La Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (décima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE), debe interpretarse en el sentido de que los Estados miembros no están obligados en virtud del artículo 8 de esa Directiva a conferir un permiso de maternidad a una trabajadora, en su calidad de madre subrogante que ha tenido un hijo gracias a un convenio de gestación por sustitución, incluso cuando puede amamantar a ese niño tras su nacimiento o lo amamanta efectivamente. |
2) |
El artículo 14 de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, puesto en relación con el artículo 2, apartados 1, letras a) y b), y 2, letra c), de esa Directiva, debe interpretarse en el sentido de que el hecho de que un empleador deniegue un permiso de maternidad a una madre subrogante que ha tenido un hijo gracias a un convenio de gestación por sustitución no constituye una discriminación basada en el sexo. |