Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 25 de marzo de 2014 — Deutsche Bank/OAMI (Leistung aus Leidenschaft)
(Asunto T‑539/11)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa Leistung aus Leidenschaft — Marca constituida por un eslogan publicitario — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 — Igualdad de trato — Obligación de motivación — Pruebas presentadas por primera vez ante el Tribunal»
1. |
Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Motivación de las resoluciones — Artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) no 207/2009 — Alcance idéntico al del artículo 296 TFUE [Art. 296 TFUE; Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 75, primera frase] (véase el apartado 13) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Examen por separado de los motivos de denegación respecto de cada uno de los productos o servicios designados en la solicitud de registro — Obligación de motivación de la denegación de registro — Alcance [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, y 75] (véanse los apartados 14 y 15) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas constituidas por eslóganes publicitarios — Fórmula promocional de carácter elogioso [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 29) |
4. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo del signo — Marca compuesta de varios elementos — Posibilidad de que la autoridad competente realice un examen de cada uno de los elementos constitutivos de la marca — Necesidad de considerar la percepción global de la combinación por el público pertinente [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 36) |
5. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca denominativa Leistung aus Leidenschaft [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 41 a 47) |
6. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración únicamente de la normativa comunitaria — Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros o países terceros — Decisiones no vinculantes para las instancias comunitarias (véase el apartado 53) |
7. |
Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina (véanse los apartados 61 a 63) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 3 de agosto de 2011 (asunto R 188/2011-4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo Leistung aus Leidenschaft como marca comunitaria.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Deutsche Bank AG. |
Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 25 de marzo de 2014 — Deutsche Bank/OAMI (Leistung aus Leidenschaft)
(Asunto T‑539/11)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa Leistung aus Leidenschaft — Marca constituida por un eslogan publicitario — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 — Igualdad de trato — Obligación de motivación — Pruebas presentadas por primera vez ante el Tribunal»
1. |
Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Motivación de las resoluciones — Artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) no 207/2009 — Alcance idéntico al del artículo 296 TFUE [Art. 296 TFUE; Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 75, primera frase] (véase el apartado 13) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Examen por separado de los motivos de denegación respecto de cada uno de los productos o servicios designados en la solicitud de registro — Obligación de motivación de la denegación de registro — Alcance [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, y 75] (véanse los apartados 14 y 15) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas constituidas por eslóganes publicitarios — Fórmula promocional de carácter elogioso [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 29) |
4. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo del signo — Marca compuesta de varios elementos — Posibilidad de que la autoridad competente realice un examen de cada uno de los elementos constitutivos de la marca — Necesidad de considerar la percepción global de la combinación por el público pertinente [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 36) |
5. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca denominativa Leistung aus Leidenschaft [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 41 a 47) |
6. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración únicamente de la normativa comunitaria — Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros o países terceros — Decisiones no vinculantes para las instancias comunitarias (véase el apartado 53) |
7. |
Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina (véanse los apartados 61 a 63) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 3 de agosto de 2011 (asunto R 188/2011-4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo Leistung aus Leidenschaft como marca comunitaria.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Deutsche Bank AG. |