|
7.7.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 212/25 |
Sentencia del Tribunal General de 22 de mayo de 2014 — Guangdong Kito Ceramics y otros/Consejo
(Asunto T-633/11) (1)
([«Dumping - Importaciones de baldosas de cerámica originarias de China - Derecho antidumping definitivo - Falta de cooperación - Información necesaria - Plazos previstos - Datos disponibles - Artículo 18, apartados 1 y 3, del Reglamento (CE) no 1225/2009»])
2014/C 212/30
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Guangdong Kito Ceramics Co. Ltd (Foshan, China); Jingdezhen Kito Ceramic Co. Ltd (Jingdezhen, China); Jingdezhen Lehua Ceramic Sanitary Ware Co. Ltd (Jingdezhen); Zhaoqing Lehua Ceramic Sanitary Ware Co. Ltd (Sihui, China) (representante: M. Sánchez Rydelski, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix, agente, asistido inicialmente por G. Berrisch, abogado, y N. Chesaites, Barrister, y posteriormente por D. Geradin, abogado)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: J.-F. Brakeland, M. França y A. Stobiecka-Kuik, agentes); Cerame-Unie AISBL (Bruselas, Bélgica); Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos (ASCER) (Castellón); Confindustria Ceramica (Sassuolo, Italia); Casalgrande Padana SpA (Casalgrande, Italia); y Etruria Design Srl (Modena, Italia) (representantes: V. Akritidis e Y. Melin, abogados)
Objeto
Recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) no 917/2011 del Consejo, de 12 de septiembre de 2011, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de baldosas de cerámica originarias de la República Popular China (DO L 238, p. 1).
Fallo
|
1) |
Desestimar el recurso. |
|
2) |
Las demandantes cargarán con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea. |
|
3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |
|
4) |
Cerame-Unie AISBL, Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos (ASCER), Confindustria Ceramica, Casalgrande Padana SpA y Etruria Design Srl cargarán con sus propias costas. |