8.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 48/36 |
Sentencia del Tribunal General de 16 de diciembre de 2015 — Deutsche Lufthansa y otros/Comisión
(Asunto T-46/11) (1)
((«Competencia - Prácticas colusorias - Mercado europeo del transporte aéreo de mercancías - Acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de transporte aéreo de mercancías (establecimiento de recargos por combustible y recargos por seguridad y negativa a pagar una comisión sobre los recargos) - Artículo 101 TFUE, artículo 53 del Acuerdo EEE y artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo - Obligación de motivación»))
(2016/C 048/40)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Deutsche Lufthansa AG (Colonia, Alemania); Lufthansa Cargo AG (Fráncfort del Meno, Alemania) y Swiss International Air Lines AG (Basilea, Suiza) (representantes: inicialmente, S. Völcker, F. Louis, E. Arsenidou y A. Israel y, posteriormente, S. Völcker y J. Orogolas, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente, M. Kellerbauer, S. Noë y N. von Lingen y, posteriormente, S. Noë y A. Dawes, agentes, asistidos por J. Anderson, Barrister)
Objeto
Pretensión de que se anulen los artículos 1 a 4 de la Decisión C(2010) 7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías).
Fallo
1) |
Anular los artículos 1 a 4 de la Decisión C(2010) 7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías), en la medida en que se refieren a Deutsche Lufthansa AG, Lufthansa Cargo AG y Swiss International Air Lines AG. |
2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido Deutsche Lufthansa, Lufthansa Cargo y Swiss International Air Lines. |