9.4.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 113/3


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 14 de enero de 2011 — Markus Geltl/Daimler AG

(Asunto C-19/11)

2011/C 113/05

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Buindesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Markus Geltl

Demandada: Daimler AG

Cuestiones prejudiciales

1)

A efectos de la aplicación del artículo 1, párrafo primero, de la Directiva 2003/6/CE (1) y del artículo 1, apartado 1, de la Directiva 2003/124/CE, (2) ante un proceso dilatado en el tiempo en el que, por medio de varios pasos intermedios, pretende materializarse una determinada circunstancia o producirse un determinado hecho, ¿debe atenderse únicamente a si, con arreglo a las citadas disposiciones de las Directivas, la circunstancia futura o el hecho futuro deben considerarse información de carácter preciso y debe, por tanto, comprobarse si cabe esperar razonablemente que se produzca dicha circunstancia futura o el hecho futuro, o, por el contrario, ante tal proceso dilatado en el tiempo también los pasos intermedios que ya se dan o se han producido y que están vinculados a la materialización de la circunstancia o el hecho futuros pueden constituir información precisa en el sentido de las citadas disposiciones de las Directivas?

2)

El término «razonablemente» que utiliza el artículo 1, apartado 1, de la Directiva 2003/124, ¿requiere que se aprecie una probabilidad alta o muy alta, o por «circunstancias que pueden darse razonablemente» o por «hecho que puede esperarse razonablemente que se produzca», debe entenderse que el grado de probabilidad depende de la amplitud de los efectos sobre el emisor y que, en caso de elevada aptitud para influir en las cotizaciones, es suficiente que la materialización de la circunstancia o del hecho futuros sea posible, pero no improbable?


(1)  Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado (abuso del mercado) (DO L 96, p. 16).

(2)  Directiva 2003/124/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, a efectos de la aplicación de la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la definición y revelación pública de la información privilegiada y la definición de manipulación del mercado (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 339, p. 70).