8.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 39/19 |
Auto del Tribunal General de 4 de diciembre de 2013 — Forgital Italy/Consejo
(Asunto T-438/10) (1)
(Recurso de anulación - Arancel aduanero común - Suspensión temporal de los derechos autónomos del arancel aduanero común sobre algunos productos industriales, agrícolas y de la pesca - Modificación de la descripción de determinadas mercancías - Acto reglamentario que incluye medidas de ejecución - Inadmisibilidad)
2014/C 39/32
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Forgital Italy SpA (Velo d’Astico, Italia) (representantes: V. Turinetti di Priero y R. Mastroianni, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente F. Florindo Gijón y A. Lo Monaco, posteriormente F. Florindo Gijón y K. Pellinghelli, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: D. Recchia y L. Keppenne, agentes)
Objeto
Anulación del Reglamento (UE) no 566/2010 del Consejo, de 29 de junio de 2010, que modifica el Reglamento (CE) no 1255/96 por el que se suspenden temporalmente los derechos autónomos del arancel aduanero común sobre algunos productos industriales, agrícolas y de la pesca (DO L 163, p. 4), en la medida en que modifica la descripción de determinadas mercancías respecto de las que se suspenden los derechos autónomos del arancel aduanero común.
Fallo
1) |
Declarar el recurso inadmisible. |
2) |
Forgital Italy SpA cargará con sus propias costas y con las costas en las que haya incurrido el Consejo de la Unión Europea. |
3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |