6.4.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 101/17 |
Sentencia del Tribunal General de 20 de febrero de 2013 — Melli Bank/Consejo
(Asunto T-492/10) (1)
(Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Irán a fin de impedir la proliferación nuclear - Congelación de fondos - Entidad propiedad al 100 % de una entidad que se considera que ha participado en la proliferación nuclear - Excepción de ilegalidad - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Derecho a una tutela judicial efectiva)
2013/C 101/36
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Melli Bank plc (Londres, Reino Unido) (representantes: inicialmente S. Gadhia y S. Ashley, Solicitors, D. Anderson, QC, y R. Blakeley, Barrister, y posteriormente S. Ashley, S. Jeffrey y A. Irvine, Solicitors, D. Wyatt, QC, y Blakeley)
Demandada: Consejo de la Union Europea (representantes: M. Bishop y R. Liudvinaviciute-Cordeiro, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: S. Boelaert y M. Konstantinidis, agentes)
Objeto
Por una parte, un recurso de anulación de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39), de la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO L 281, p. 81), del Reglamento (UE) no 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 423/2007 (DO L 281, p. 1), de la Decisión 2011/783/PESC del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO L 319, p. 71), del Reglamento de Ejecución (UE) no 1245/2011 del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por el que se aplica el Reglamento no 961/2010 (DO L 319, p. 11), y del Reglamento (UE) no 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) no 961/2010 (DO L 88, p. 1), en la medida en que esos actos afecten a la demandante, y, por otra parte, una pretensión de de declaración de inaplicabilidad del artículo 16, apartado 2, letra a), del Reglamento no 961/2010 y del artículo 23, apartado 2, del Reglamento no 267/2012 a la demandante.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Melli Bank plc cargará con sus propias costas, y con las del Consejo de la Unión Europea. |
3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |