4.2.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/23


Sentencia del Tribunal General de 14 de diciembre de 2011 — Vuitton Malletier/OAMI — Friis Group International (Representación de un dispositivo de cierre)

(Asunto T-237/10) (1)

(Marca comunitaria - Procedimiento de nulidad - Carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 - Falta de carácter distintivo adquirido por el uso - Artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 207/2009)

2012/C 32/45

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Louis Vuitton Malletier (París) (representantes: P. Roncaglia, G. Lazzeretti, M. Boletto y E. Gavuzzi, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: D. Botis, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, que interviene ante el Tribunal General: Friis Group International ApS (Copenhague) (representante: C. Type Jardorf, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 24 de febrero de 2010 (asunto R 1590/2008-1) relativa a un procedimiento de nulidad entre Friis Group International ApS y Louis Vuitton Malletier.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 24 de febrero de 2010 (asunto R 15902008-1) en la medida en que declaró la nulidad de la marca comunitaria número 3.693.116 para los productos «joyas, incluidos anillos, llaveros, hebillas y pendientes, gemelos, pulseras, colgantes, broches, collares, alfileres de corbatas, adornos, medallones; instrumentos y aparatos cronométricos y otros para medir el tiempo, incluyendo relojes de pulsera, cajas de relojes de pulsera, despertadores; cascanueces de metales preciosos, sus aleaciones o chapados, palmatorias de metales preciosos, sus aleaciones o chapados, joyeros de metales preciosos» de la clase 14 y los productos «cuero e imitaciones de cuero» y «paraguas» de la clase 18.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Louis Vuitton Malletier, Friis Group International ApS y la OAMI cargarán cada una con las costas en las que hayan incurrido en el procedimiento sustanciado ante el Tribunal.


(1)  DO C 209, de 31.7.2010.