Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 9 de septiembre de 2011 — Cassina/Alivar y Galliani Host Arredamenti

(Asunto C‑198/10)

«Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento — Propiedad industrial y comercial — Directiva 98/71/CE — Protección jurídica de los dibujos y modelos — Artículo 17 — Obligación de acumular la protección de los dibujos o modelos con la del derecho de autor — Normativa nacional que excluye de la protección mediante el derecho de autor los dibujos o modelos que han pasado a ser de dominio público antes de su entrada en vigor»

Aproximación de las legislaciones — Dibujos y modelos — Directiva 98/71/CE — Principio de acumulación de la protección de los dibujos y modelos con la del derecho de autor — Normativa nacional que excluye totalmente, o dentro de los límites de su uso anterior, de la protección por el derecho de autor los dibujos o modelos que han pasado a ser de dominio público antes de su entrada en vigor, frente a terceros que han fabricado y comercializado productos realizados con arreglo a dichos dibujos o modelos — Improcedencia (Directiva 98/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 17) (véanse los apartados 24 a 28 y 32 a 34 y el fallo)

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Corte d’Appello di Milano — Interpretación de los artículos 17 y 19 de la Directiva 98/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos — Normativa nacional que transpone la Directiva introduciendo la protección del derecho de autor sobre los dibujos o modelos — Facultad de un Estado miembro de ampliar las condiciones en que se concederá dicha protección.

Fallo

El artículo 17 de la Directiva 98/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que excluye, totalmente o dentro de los límites de su uso anterior, de la protección mediante el derecho de autor de dicho Estado miembro los dibujos y modelos que han pasado a ser de dominio público antes de la entrada en vigor de dicha normativa, frente a cualquier tercero que ya ha producido o comercializado en el territorio nacional productos realizados con arreglo a dichos dibujos o modelos antes de dicha fecha.