5.3.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/13


Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2010 — Comisión Europea/República de Austria

(Asunto C-614/10)

2011/C 72/22

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: B. Martenczuk y B.-R. Killmann, agentes)

Demandada: República de Austria

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 28, apartado 1, segunda frase, de la Directiva 95/46/CE, debido a que la situación jurídica existente en Austria en relación con la comisión de protección de datos creada como autoridad de control en materia de protección de datos no cumple el criterio de total independencia.

Que se condene en costas a la República de Austria.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión estima que, en Austria, no está garantizada la independencia de la Comisión de protección de datos como autoridad de control encargada de la vigilancia de las disposiciones en materia de protección de datos.

La comisión de protección de datos está estrechamente vinculada a la Cancillería Federal desde el punto de vista organizativo. Esta última ejerce un control jerárquico sobre los colaboradores de la comisión de protección de datos y es también responsable de su equipamiento material. A esto, se añade que la dirección de la comisión de protección de datos está sometida a un funcionario de la Cancillería Federal, que, en el marco de dicha actividad, también está sometido a las instrucciones de su empresario y depende de su control jerárquico. Dicha situación lleva a conflictos manifiestos de lealtad y de intereses.

Asimismo, la Cancillería Federal que, como otras autoridades públicas, está comprendida en el ámbito de control de la comisión de protección de datos tiene, respecto a ésta, un derecho general de control e información. Eso permite a la Cancillería Federal informarse en cualquier momento y sin razón concreta sobre todo lo que respecta a la gestión de los asuntos de la comisión de protección de datos. Por consiguiente, existe un riesgo de explotación de ese derecho con fines de influencia política.