19.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 161/23


Petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court of the United Kingdom (Reino Unido) el 2 de abril de 2010 — Williams y otros/British Airways plc

(Asunto C-155/10)

(2010/C 161/32)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Supreme Court of the United Kingdom

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Williams y otros

Recurrida: British Airways plc

Cuestiones prejudiciales

i)

A efectos a) de los artículos 7 de las Directivas 93/104/CE (1) y 2003/88/CE (2) y b) de la cláusula 3 del Acuerdo europeo anexo a la Directiva 2000/79/CE (3) del Consejo: 1) ¿Se definen o establecen en el Derecho europeo, y en caso afirmativo, en qué medida, los requisitos relativos a la naturaleza y/o al nivel de la retribución que debe pagarse por los períodos de vacaciones anuales retribuidas? y 2) ¿pueden los Estados miembros establecer, y en caso afirmativo en qué medida, la forma de calcular dichas retribuciones?

ii)

Concretamente, ¿es suficiente que, con arreglo al Derecho y/o a prácticas nacionales y/o convenios colectivos y/o estipulaciones contractuales negociadas entre empresarios y trabajadores, la retribución pagada permita y estimule al trabajador a tomar y disfrutar, en el sentido más propio de estas palabras, sus vacaciones anuales, evitándose cualquier riesgo razonable que impida al trabajador hacerlo?

iii)

O ¿es necesario que la retribución, a) se corresponda exactamente con la retribución «normal» del trabajador, o b) sea comparable con ella en términos generales?

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión iii), a) o b):

iv)

¿Cuál es la medida o comparación relevante: a) la retribución que el trabajador habría percibido durante el período vacacional concreto si hubiese trabajado en vez de estar de vacaciones, o, b) la retribución que haya percibido durante algún otro período en el que trabajó y, en caso afirmativo, cuál sería ese período?

v)

¿Cómo debe valorarse lo que es una retribución «normal» o «comparable» en circunstancias en las que: a) la retribución del trabajador cuando trabaja lleva complementos en la medida en que desempeñe una actividad concreta; b) existe un límite anual o de otra índole para determinar en qué medida y durante cuánto tiempo el trabajador puede desempeñar esa actividad y ese límite ya se ha excedido, o casi, en el momento o momentos en que se tomen las vacaciones anuales, de manera que al trabajador, de hecho, no se le habría permitido desempeñar esa actividad si hubiese trabajado en vez de estar de vacaciones?


(1)  Directiva 93/104/CE del Consejo, de 23 de noviembre de 1993, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 307, p. 18).

(2)  Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 299, p. 9).

(3)  Directiva 2000/79/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa a la aplicación del Acuerdo europeo sobre la ordenación del tiempo de trabajo del personal de vuelo en la aviación civil celebrado por la Association of European Airlines (AEA), la European Transport Workers’ Federation (ETF), la European Cockpit Association (ECA), la European Regions Airline Association (ERA) y la International Air Carrier Association (IACA) (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 302, p. 57).