5.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 148/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Bruxelles (Bélgica) el 12 de marzo de 2010 — Corman SA/Bureau d’intervention et de restitution belge (BIRB)

(Asunto C-131/10)

2010/C 148/22

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal de première instance de Bruxelles

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Corman SA

Demandada: Bureau d’intervention et de restitution belge (BIRB)

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Cabe considerar que las disposiciones del Reglamento (CE) no 2571/97 de la Comisión, de 15 de diciembre de 1997, relativo a la venta de mantequilla a precio reducido y a la concesión de una ayuda para la nata, la mantequilla y la mantequilla concentrada destinadas a la fabricación de productos de pastelería, helados y otros productos alimenticios, (1) Reglamento de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos, (2) constituyen una normativa sectorial comunitaria que establece una excepción al artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, (3) relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, y que se opone a la aplicación de las disposiciones nacionales en materia de prescripción?

2)

¿Ha de entenderse que la aplicación del artículo 3, apartado 3, del Reglamento no 2988/95 debe limitarse a los supuestos en los que la irregularidad es cometida por el beneficiario de la subvención, de modo que la regla general de la prescripción de cuatro años se aplique a todas las irregularidades cometidas por quienes contraten con el beneficiario, habida cuenta del plazo máximo de cuatro años aplicable al régimen normativo de tales contratantes en el marco de la organización común del mercado de la leche y de los productos lácteos?


(1)  DO L 350, p. 3.

(2)  DO L 160, p. 48.

(3)  Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO L 312, p. 1).