|
19.6.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 161/16 |
Recurso de casación interpuesto el 8 de marzo de 2010 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 15 de diciembre de 2009 en el asunto T-156/04, Électricité de France (EDF)/Comisión
(Asunto C-124/10 P)
(2010/C 161/23)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: Comisión Europea (representantes: E. Gippini Fournier, B. Stromsky y D. Grespan, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Électricité de France (EDF), República Francesa, Iberdrola, S.A.
Pretensiones de la parte recurrente
|
— |
Que se anule la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (Sala Tercera) de 15 de diciembre de 2009, notificada a la Comisión el 16 de diciembre de 2009, en el asunto T-156/04, EDF/Comisión, en cuanto dicha sentencia:
|
|
— |
Devuelva el asunto al Tribunal General para su nuevo examen; |
|
— |
Reserve la decisión sobre las costas del procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
La Comisión Europea invoca dos motivos en apoyo de su recurso.
Mediante su primer motivo la Comisión alega que el Tribunal General apreció de forma manifiestamente errónea los hechos que han dado lugar al litigio. En contra de lo que señala la sentencia recurrida, la República Francesa no procedió efectivamente a la conversión de un crédito fiscal en capital sino que concedió a EDF una ayuda en forma de exención del impuesto de sociedades. La recapitalización de EDF, en sí misma, no fue considerada por la Decisión anulada como una ayuda de Estado; la Comisión sólo calificó como tal su incidencia fiscal.
Mediante su segundo motivo, que comprende cuatro partes, la demandante sostiene que el Tribunal General cometió un error de Derecho al considerar las actuaciones del Gobierno francés en el caso del que se trata como el comportamiento de un inversor privado diligente en una economía de mercado.
En primer lugar, la demandante refuta la apreciación del Tribunal General de que la distinción entre el Estado accionista y el Estado que ejerce el poder público depende principalmente del objetivo perseguido por el Estado — en el caso del que se trata, la recapitalización de EDF —, y no de elementos objetivos y verificables. En efecto, el Tribunal de Justicia ha recordado reiteradamente que el artículo 87 CE, apartado 1, no distingue según las causas y los objetivos de las intervenciones estatales, por una parte. Por otra, un criterio apoyado en la intención del Estado es particularmente inapropiado para apreciar la existencia de una ayuda de Estado ya que ese criterio es por su propia naturaleza subjetivo y sujeto a interpretación.
En segundo lugar, la Comisión reprocha al Tribunal General no haber basado su análisis en el estudio comparativo del comportamiento que habría adoptado en parecidas circunstancias un operador privado diligente, carente de privilegios, por una parte, y por otra el comportamiento seguido en el caso del que se trata por el Estado francés, investido de sus prerrogativas de poder público.
En tercer lugar, la demandante sostiene que la sentencia recurrida ha vulnerado el principio de igualdad de trato entre empresas públicas y empresas privadas, y permite así un trato fiscal más favorable del Estado, incluso en sociedades en las que el Estado no es el único accionista.
Por último, según la Comisión el Tribunal General vulneró las reglas que rigen el reparto de la carga de la prueba en lo que atañe a la aplicabilidad del principio del inversor privado diligente en una economía de mercado, y al mismo tiempo tuvo en cuenta elementos posteriores a la fecha de adopción de la Decisión anulada.