5.5.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 133/8 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 15 marzo de 2012 — Comisión Europea/República Federal de Alemania
(Asunto C-574/10) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 2004/18/CE - Contratos públicos de servicios - Servicios de arquitectura y de ingeniería - Prestaciones de estudio, concepción y supervisión relativos a un proyecto de renovación de un edificio público - Realización del proyecto en varias fases por razones presupuestarias - Valor del contrato)
2012/C 133/13
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Wilms y C. Zadra, agentes)
Demandada: República Federal de Alemania (representantes: T. Henze, N. Graf Vitzthum y J. Möller, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 2, 9 y 20, en relación con los artículos 23 a 55 de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO L 134, p. 114) — Adjudicación de varios contratos de prestaciones de arquitectura relativos a un mismo proyecto de obra por el ayuntamiento de Niedernhausen a un gabinete de ingeniería sin organizar una licitación pública a escala de la Unión — Escisión de la prestación adjudicada — Determinación del valor del contrato
Fallo
1) |
La Republica Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, 9 y 20, en relación con los artículos 23 a 53 de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, debido al hecho de que el municipio de Niedernhausen adjudicó, sin licitación pública llevada a cabo a escala de la Unión Europea, un contrato de servicios de arquitectura relativos a la renovación de un edificio público denominado «Autalhalle», sito en el territorio de dicho municipio, cuyo valor sobrepasaba el umbral fijado en el artículo 7, letra b), de la citada Directiva. |
2) |
Condenar en costas a la República Federal de Alemania. |