8.10.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 298/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 28 de julio de 2011 — Comisión Europea/República de Hungría

(Asunto C-274/10) (1)

(Incumplimiento de Estado - Fiscalidad - IVA - Directiva 2006/112/CE - Derecho a deducción - Condiciones de ejercicio - Artículo 183 - Normativa nacional que no permite la devolución del excedente del IVA en la medida en que éste excede la cuota del impuesto soportado resultante de las operaciones aún no pagadas)

2011/C 298/14

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Demandante/s: Comisión Europea (representantes: D. Triantafyllou, B. Simon y K. Talabér-Ritz, agentes)

Demandada/s: República de Hungría (representantes: M. Fehér, K. Szíjjártó, G. Koós, agentes, y K. Magony, szakértő)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1) — Normativa nacional que sólo permite la devolución del excedente del IVA en la medida en que dicho excedente sea superior al importe del impuesto correspondiente a operaciones aún no pagadas — Vulneración del principio de neutralidad fiscal.

Fallo

1)

Declarar que la República de Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido:

al obligar a los sujetos pasivos cuya declaración del impuesto correspondiente a cualquier período impositivo arroje un excedente, en el sentido del artículo 183 de la Directiva 2006/112, a trasladar dicho excedente o una parte del mismo al período impositivo siguiente siempre que el sujeto pasivo no haya pagado al proveedor el importe íntegro de la adquisición en cuestión, y

al dar lugar a que, debido a dicha obligación, determinados sujetos pasivos en cuya declaración del impuesto figure regularmente un excedente puedan verse obligados a trasladar tal excedente en más de una ocasión al período impositivo siguiente.

2)

Condenar en costas a la República de Hungría.


(1)  DO C 221, de 14.8.2010.