28.1.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 22 de noviembre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesarbeitsgericht Hamm — Alemania) — KHS AG/Winfried Schulte

(Asunto C-214/10) (1)

(Ordenación del tiempo de trabajo - Directiva 2003/88/CE - Derecho a vacaciones anuales retribuidas - Extinción del derecho a las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por causa de enfermedad al término del plazo previsto en la normativa nacional)

(2012/C 25/13)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesarbeitsgericht Hamm

Partes en el procedimiento principal

Demandante: KHS AG

Demandada: Winfried Schulte

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Landesarbeitsgericht Hamm — Interpretación del artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 299, p. 9) — Derecho a la compensación de las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por un trabajador que no pudo ejercer su derecho a las vacaciones anuales retribuidas durante el período de referencia debido a su baja por enfermedad, habiéndose prolongado la incapacidad laboral durante varios años hasta que finalizó la relación laboral — Convenio colectivo que sólo permite la compensación de las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas al finalizar la relación laboral y que prevé la extinción del derecho a las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas a causa de enfermedad tras la expiración de un plazo de 15 meses después del período de referencia.

Fallo

El artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a disposiciones o prácticas nacionales, como los convenios colectivos, que limitan, en virtud de un período de aplazamiento de quince meses a cuyo término se extingue el derecho a las vacaciones anuales retribuidas, la acumulación de derechos a dichas vacaciones de un trabajador que se encuentre en situación de incapacidad laboral durante varios períodos consecutivos de devengo de vacaciones.


(1)  DO C 234, de 28.8.2010.