2.4.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 103/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de febrero de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Staatssecretaris van Financiën/Marishipping and Transport BV

(Asunto C-11/10) (1)

(Procedimiento prejudicial - Reglamento (CEE) no 2658/87 - Arancel Aduanero Común - Derechos de aduana - Exención - Sustancias farmacéuticas - Composición - Restricciones)

2011/C 103/10

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Hoge Raad der Nederlanden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Staatssecretaris van Financiën

Demandada: Marishipping and Transport BV

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) — Interpretación del anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común (DO L 256, p. 1) — Sustancias farmacéuticas exentas de derechos de aduana — Sustancia que no se presenta en estado puro — Restricciones

Fallo

El anexo I, primera parte, título II, parte C, número 1, inciso i), del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada respectivamente por los Reglamentos (CE) nos 2031/2001 de la Comisión, de 6 de agosto de 2001, y 1832/2002 de la Comisión, de 1 de agosto de 2002, debe interpretarse en el sentido de que una sustancia farmacéutica, que figura en la lista de las sustancias citadas en el anexo 3 de la tercera parte del mismo anexo I, a la que se han añadido otras sustancias, en particular farmacéuticas, ya no puede disfrutar de la exención de los derechos de aduana que le resultaría de aplicación si tal sustancia se encontrase en estado puro.


(1)  DO C 80, de 27.3.2010.