13.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 78/17 |
Sentencia del Tribunal General de 25 de enero de 2017 — Rusal Armenal/Consejo
(Asunto T-512/09 RENV) (1)
([«Dumping - Importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de Armenia, Brasil y China - Derecho antidumping definitivo - Trato de empresa que opera en condiciones de economía de mercado - Artículo 2, apartado 7, letras b) y c), segundo guión, del Reglamento (CE) n.o 384/96 - Evaluación acumulativa de las importaciones objeto de investigaciones antidumping - Artículo 3, apartado 4, letras a) y b), del Reglamento n.o 384/96 - Oferta de compromiso - Artículo 8, apartado 3, del Reglamento n.o 384/96»])
(2017/C 078/22)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Rusal Armenal ZAO (Erevan, Armenia) (representantes: B. Evtimov, E. Borovikov, abogados, y D. O’Keeffe, Solicitor)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente S. Boelaert y J.-P. Hix, agentes, posteriormente J.-P. Hix, asistido por B. O’Connor, Solicitor, y S. Gubel, abogado)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Parlamento Europeo (representantes: D. Warin y A. Auersperger Matić, agentes) y Comisión Europea (representantes: J.-F. Brakeland, M. França y A. Demeneix, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE que tiene por objeto la anulación del Reglamento (CE) n.o 925/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio, originarias de Armenia, Brasil y la República Popular China (DO 2009, L 262, p. 1).
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Rusal Armenal ZAO cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea en los procedimientos ante el Tribunal General y el Tribunal de Justicia. |
3) |
El Parlamento Europeo y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas. |