11.8.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 243/15 |
Sentencia del Tribunal General de 29 de junio de 2012 — E.ON Ruhrgas y E.ON/Comisión
(Asunto T-360/09) (1)
(Competencia - Prácticas colusorias - Mercados alemán y francés del gas natural - Decisión por la que se declara una infracción del artículo 81 CE - Reparto del mercado - Duración de la infracción - Multas)
2012/C 243/28
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandantes: E.ON Ruhrgas AG (Essen, Alemania), y E.ON AG (Düsseldorf, Alemania) (representantes: G. Wiedemann y T. Klose, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: V. Di Bucci, A. Bouquet y R. Sauer, agentes, asistidos por M. Buntscheck, abogado)
Objeto
Con carácter principal, la anulación de la Decisión C(2009) 5355 final de la Comisión, de 8 de julio de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 (CE) (Asunto COMP/39.401 — E.ON/GDF), y, con carácter subsidiario, una pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a las demandantes.
Fallo
1) |
Anular el artículo 1 de la Decisión C(2009) 5355 final de la Comisión, de 8 de julio de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 (CE) (Asunto COMP/39.401 — E.ON/GDF), por una parte, en la medida en que declara que la infracción se prolongó del 1 de enero de 1980 como mínimo hasta el 24 de abril de 1998, por lo que respecta a la infracción cometida en Alemania y, por otra parte, en la medida en que declara la existencia de una infracción cometida en Francia entre el 13 de agosto de 2004 y el 30 de septiembre de 2005. |
2) |
Fijar el importe de la multa impuesta a E.ON Ruhrgas AG y a E.ON AG en el artículo 2, letra a), de la Decisión C(2009) 5355 final en 320 millones de euros. |
3) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
4) |
Cada parte cargará con sus propias costas. |