19.12.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/24 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Višje sodišče v Mariboru (Eslovenia) el 20 de octubre de 2009 — Jasna Detiček/Maurizio Sgueglia
(Asunto C-403/09)
2009/C 312/39
Lengua de procedimiento: esloveno
Órgano jurisdiccional remitente
Višje sodišče v Mariboru
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Jasna Detiček
Demandada: Maurizio Sgueglia
Cuestiones prejudiciales
1) |
Con arreglo al artículo 20 del Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, (1) ¿es competente un órgano jurisdiccional de la República de Eslovenia para adoptar medidas cautelares cuando un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro, competente en virtud del mencionado Reglamento para conocer sobre el fondo, ya ha adoptado una medida cautelar que ha sido declarada ejecutiva en la República de Eslovenia? |
2) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿puede un órgano jurisdiccional esloveno adoptar con arreglo al Derecho nacional (como permite el artículo 20 del Reglamento) una medida cautelar en virtud del mencionado artículo 20, que modifique o anule una medida cautelar definitiva y ejecutiva adoptada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro que, según dicho Reglamento, es competente para conocer del fondo del asunto? |
(1) Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000 (DO L 338, p. 1).