Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 21 de diciembre de 2011 — Iride, anteriormente Azienda Mediterranea Gas e Acqua/Comisión
(Asunto C‑329/09 P)
«Recurso de casación — Ayudas de Estado — Régimen de ayudas concedidas a empresas de servicios públicos — Exenciones fiscales — Decisión por la que se declara la incompatibilidad del régimen de ayudas con el mercado común — Recurso de anulación — Admisibilidad — Legitimación — Interés en ejercitar la acción»
1. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 34 a 36)
2. Recurso de casación — Calificación que ha de darse a una pretensión de la parte demandada consistente únicamente en que se sustituya la fundamentación — Pretensión inadmisible por falta de interés en ejercitar la acción (véase el apartado 50)
Objeto
| Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava ampliada) de 11 de junio de 2009, AMGA/Comisión (T‑300/02), mediante la cual el Tribunal de Primera Instancia declaró la inadmisibilidad de un recurso de anulación de los artículos 2 y 3 de la Decisión 2003/193/CE de la Comisión, de 5 de junio de 2002, relativa a la ayuda estatal a las exenciones fiscales y préstamos privilegiados concedidos por Italia a empresas de servicios con accionariado mayoritariamente público (DO 2003, L 77, p. 21). |
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso de casación. |
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2) |
Condenar a Iride SpA al pago de las costas correspondientes al recurso de casación. |
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3) |
Condenar a la Comisión Europea al pago de las costas correspondientes a la pretensión de sustitución de la fundamentación. |