10.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 269/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de julio de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beropep voor het Bedrijfsleven — Países Bajos) — IMC Securities BV/Stitchting Autoriteit Financiële Markten

(Asunto C-445/09) (1)

(Directiva 2003/6/CE - Manipulaciones del mercado - Fijación del precio a un nivel anormal o artificial)

2011/C 269/08

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

College van Beropep voor het Bedrijfsleven

Partes en el procedimiento principal

Demandante: IMC Securities BV

Demandada: Stitching Autoriteit Financiële Markten

Objeto

Petición de decisión prejudicial — College van Beroep voor het Bedrijfsleven — Interpretación del artículo 1, apartado 2, letra a), segundo guión, de la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado (abuso del mercado) (DO L 96, p. 16) — Fijación del precio a un nivel anormal o artificial — Concepto — Transacciones y órdenes de negociación que han provocado una fluctuación de precios de corta duración.

Fallo

El artículo 1, punto 2, letra a), segundo guión, de la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado (abuso del mercado), debe interpretarse en el sentido de que, para que pueda considerarse que el precio de uno o de varios instrumentos financieros se ha fijado a un nivel anormal o artificial, dicho precepto no exige que ese precio se mantenga en un nivel anormal o artificial más allá de un cierto tiempo.


(1)  DO C 24, de 30.1.2010.