Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 15 de diciembre de 2009 — Trubion Pharmaceuticals/OAMI — Merck (TRUBION)

(Asunto T‑412/08)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa TRUBION — Marca comunitaria figurativa anterior TriBion Harmonis — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 28 y 56 a 58)

Objeto

Recurso de 3 julio de 2008 interpuesto contra la Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI (asunto R 1605/2007-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Trubion Pharmaceuticals, Inc. y Merck KGaA.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Trubion Pharmaceuticals, Inc.

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa TRUBION para productos y servicios de las clases 5 y 42

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Merck KGaA

Marca o signo invocados en oposición:

Registro de la marca denominativa BION como marca comunitaria nº 72.884 para varios productos; registro de la marca figurativa TriBion Harmonis como marca comunitaria nº 3.282.936 para varios productos

Resolución de la División de Oposición:

Estimación de la oposición para los productos comprendidos en la clase 5 y desestimación de la misma para los demás servicios, comprendidos en la clase 42

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Trubion Pharmaceuticals, Inc.